¿QUÉ ES CONCESIÓN DE AGUAS?

Es el permiso que otorga la Autoridad Ambiental competente para el uso y aprovechamiento del recurso hídrico, ya sea que se capte de fuentes superficiales como ríos y quebradas o subterráneas como pozos profundos y aljibes de acuerdo al Artículo 2.2.3.7.1., del Decreto de 1076 de 2015.

  • Uso domestico
  • Agropecuario
  • Recreativo
  • Industrial
  • Generación de energía
  • Usos medicinales.
  • Transportes de minerales y sustancias tóxicas.

REQUISITOS PARA TRAMITAR CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES (DTO 1076 DE 2015)

 

1.    Formulario Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas Superficiales FUN, debidamente diligenciado.

2.    Nombre y apellidos del solicitante, documentos de identidad, domicilio y nacionalidad. Si se trata de una persona jurídica, pública o privada, se indicará su razón social, domicilio, los documentos relativos a su constitución, nombre y dirección de su representante legal.

3.    Nombre de la fuente de donde se pretende hacer la derivación, o donde se desea usar el agua.

4.    Nombre del predio o predios, municipios o comunidades que se van a beneficiar, y su jurisdicción.

5.    Información sobre la destinación que se le dará al agua.

6.    Plano donde se identifique origen, cantidad y localización georreferenciada de los puntos de captación de agua. Los planos deberán presentarse en formato análogo tamaño 100 cms x 70 cms.

7.    Cantidad de agua que se desea utilizar en litros por segundo.

8.    Información sobre los sistemas que se adoptarán para la captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje, y sobre las inversiones, cuantía de las mismas y término en el cual se van a realizar.

9.    Informar si se requiere establecimiento de servidumbre para el aprovechamiento del agua o para la construcción de las obras proyectadas.

10. Término por el cual se solicita la concesión.

11. Extensión y clase de cultivos que se van a regar.

12. Los datos previstos en la sección 10 de este capítulo para concesiones con características especiales.

13. Medidas de manejo ambiental

14. Los demás datos que la Autoridad Ambiental competente y el peticionario consideren necesarios.

15. Plan de inversión del 1%, en el cual se incluyen los elementos y costos considerados para estimar la inversión y la propuesta de proyectos de inversión. (Decreto 2099 de 2016, por medio del cual se modifica el Decreto 1076 de 2015).

16. Adicionalmente a los requisitos expuestos anteriormente se debe anexar el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro de Agua PUEAA elaborado de acuerdo a la Resolución 1257 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

17. Registro Único Tributario RUT.